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Ley 3 2013 sección 2ª medidas específicas mínimas artículo

Juntos construimos una sociedad accesible. La Ley 3/2013 requiere un esfuerzo conjunto para su éxito. Las empresas deben eliminar barreras y facilitar la inclusión. Permite su independencia y autonomía. La sección 2ª de la Ley 3/2013 plantea desafíos para su implementación total.

Las multas son proporcionales a la gravedad de la infracción.

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El cumplimiento del artículo mencionado implica auditorías periódicas. Fomenta una sociedad más justa y equitativa. Busca facilitar la participación plena en la sociedad. Se busca la mejora continua en la accesibilidad. Esto facilita la movilidad de las personas con discapacidad.

La sección 2ª de la Ley 3/2013 también se aplica al transporte público. La evaluación constante de la Ley 3/2013 es fundamental. Sin embargo, los beneficios sociales superan los costes. Promueve su autonomía personal y su inclusión social. Esto incluye el acceso a la información y a la comunicación.

Se busca eliminar la brecha digital existente. El artículo establece las obligaciones mínimas a cumplir. El artículo de la Ley 3/2013 establece sanciones por incumplimiento. El conocimiento es fundamental para el cambio. Deben conocer las necesidades de las personas con discapacidad.

Empodera a las personas con discapacidad y sus familias. La legislación debe adaptarse a los cambios sociales.